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Farmacias y terrazas

El pasado 7 de agosto entró en vigor la Ordenanza Municipal de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración del Ayuntamiento de Madrid, que recoge el respeto a los accesos y la señalización de las oficinas de farmacia.

La instalación de las terrazas dificultaba, en muchos casos, el acceso a determinadas farmacias, por lo que el COFM presentó propuestas y alegaciones al Ayuntamiento de Madrid para solucionar este problema y todas ellas fueron admitidas.

La aparición de la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo había provocado un incremento desproporcionado de estas instalaciones, obstaculizando el acceso de los usuarios a los establecimientos próximos y dificultando la visualización de la señalización de las farmacias, oculta entre toldos y macetones decorativos. Estos obstáculos también impedían ocasionalmente el correcto abastecimiento de medicamentos y productos sanitarios por parte de la distribución.

La nueva ordenanza establece el respeto del acceso a los establecimientos sanitarios privados de interés público, esto es, a las oficinas de farmacia, y se obliga a los titulares de los establecimientos de hostelería y restauración a consignar en un plano de situación la ubicación de las farmacias y de su señalización sanitaria (cruz griega o de malta) de forma previa a la solicitud de la autorización de una nueva terraza.

Los farmacéuticos afectados por esta situación pueden tramitar la solicitud de la retirada de la terraza dirigiéndose a la Junta Municipal de su distrito (Licencias y Autorizaciones). En todo caso, los establecimientos que no garanticen estas y otras medidas establecidas en la nueva regulación tienen un plazo de hasta 3 años para solicitar una nueva autorización.

Asimismo, el COFM ya ha iniciado conversaciones con otros ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para unificar las distintas regulaciones municipales en la materia y garantizar así el respeto de los establecimientos sanitarios y el interés público que representan.

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